martes, 16 de agosto de 2011

HUGO GROCIO


es el gran defensor del Estado absoluto. Inaugura una nueva corriente sobre el Derecho natural, el iusnaturalismo inmanentista. Para él el hombre es social por naturaleza, por lo que las normas de convivencia que hay en la sociedad son naturales, e inherentes al ser humano, y constituyen objeto de derecho positivo. Estas normas, por el hecho de ser naturales, ni se pueden cambiar, ni se pueden discutir. Propone el pasaje de un derecho metafisico, a uno racional en "de iuris belli ac pacis".

Como el hombre es social, Grocio sostiene que deben existir valores minimos e indiscutibles, no por mera convención. La sociedad debe buscar esos principios inmutables para mantener el orden. Dichos principios basados en la naturaleza racional y social del hombre, son instaurados por Dios, y ni éste podria cambiarlos. De estos primeros principios se pueden ir deduciendo los demas matematicamente. Segun si una ley se deduce de estos principios abstractos, podemos saber si es justa o no.

La sociedad es para el la asociacion perfecta de hombres libres para proteger sus derechos y por común utilidad.

El Derecho natural y las normas legales del Estado necesitan de un soberano fuerte que garantice la expansión comercial, el orden y la paz. Se le considera como uno de los fundadores del Derecho internacional, junto con Francisco de Vitoria. Hugo Grocio escribe El estado natural.

En la monarquía absoluta el rey está sujeto a sus propias leyes; ya que es monarca por derecho divino sus leyes son justas, y todos, incluso él, deben obedecerlas. Pero también hay un Derecho natural que no se puede saltar. La autoridad del rey, en muchos casos, está limitada por las Cortes que tienen que votar los impuestos; con lo que el rey depende de ellas para conseguir recursos. Un caso particular es el de Inglaterra, que a pesar del absolutismo de los Tudor, y de ser el rey quien dicta las leyes, estas sólo entran en vigor cuando las vota elParlamento.

En el siglo XVI política y religión están íntimamente ligadas, no sólo porque esté en disputa la soberanía del papa y la del rey o el emperador, sino porque el rey decide cuál es la religión de sus súbditos. Las distintas formas de concebir la religión implican diferentes concepciones del poder.

En su obra "Sobre la guerra y la paz" deja de lado el concepto de guerra justa e introduce uno nuevo, el no discriminatorio de guerras "con independencia de justicia de la causa". Sostiene que en el derecho internacional no existen buenos y malos, son todos iguales. De ahi el "iustus hostis" que considera que el rival es tan justo como yo ya que tiene los mismos derechos. Desarrolla el "Ius in bello", o derecho en la guerra, que establece ciertas reglas que parten del concepto de humanidad.

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